Proceso PASPA, Estancias Sabáticas, posdoctorales o de investigación 

 

1. El académico realiza los trámites necesarios para ser aceptado en un programa de estudios de posgrado.

2. Una vez aceptado, tramita el aval del Consejo Técnico.

3. Si desea solicitar participar en el programa PASPA, reúne todos los documentos señalados en las Reglas de Operación PASPA.

 

         a. Autorización del Consejo Técnico de la entidad académica para gozar del periodo sabático, o con la comisión con goce de sueldo en todos sus          nombramientos para realizar la estancia.

         b. Solicitud debidamente formulada y acompañada de la documentación requerida.

         c. Síntesis ejecutiva del proyecto.

         d. Programa de trabajo detallado, éste deberá especificar los lugares y los periodos donde se realizarán las actividades.

         e. Documento que especifique los productos finales tangibles que se compromete entregar al finalizar la estancia.

         f. Invitación de la institución donde desarrollará el programa de trabajo, en la que se especifiquen la duración y la fecha de inicio.

         g. Carta compromiso de dedicación de tiempo completo al programa de trabajo aprobado.

         h. Carta compromiso de la Dirección General de Asuntos del Personal Académico.

         i. Información académica sobre el grupo de trabajo con el que colaborará y/o curriculum vitae del investigador anfitrión.

         j. Constancia expedida por la Dirección General de Personal que especifique la figura académica que posee y la antigüedad académica que tiene.         

         k. En caso de cambio de residencia, documento oficial que lo acredite. 

 

4. Con estos documentos la Coordinación del PSPA, elabora el Aval de la Subcomisión de Superación del Personal Académico. El expediente deberá ser entregado 2 semanas antes de la fecha límite establecida por DGAPA.

5. La Coordinación del PSPA es el enlace con DGAPA, por lo que es la encargada de entregar el expediente y gestionar cualquier asunto relacionado con la solicitud de beca. 

6. En caso de ser aprobado el académico goza con la beca, en caso contrario puede optar por continuar los estudios sin este beneficio.

Convocatorias vigentes